Registro y Habilitación de Empresas

El SENACSA es el organismo responsable de registrar a las empresas y otorgar las habilitaciones a los establecimientos que operan con productos de uso veterinario y alimentos para animales.

Las empresas que deberán registrarse son:

  • Importadores de Productos de Uso Veterinario y Alimentos para Animales
  • Exportadores de Productos de Uso Veterinario y Alimentos para Animales
  • Expendedores de Productos de Uso Veterinario y Alimentos para Animales
  • Fraccionadores de Productos de Uso Veterinario y Alimentos para Animales
  • Depósitos de Productos de Uso Veterinario
  • Clínicas Veterinarias
  • Peluquerías
  • Hospitales Veterinarios
  • Elaboradoras de Alimentos para Animales
  • Elaboradoras de Productos Farmacológicos de Uso Veterinario
  • Elaboradoras de Productos Biológicos de Uso Veterinario
  • Laboratorios de Ensayos de Residuos
  • Laboratorios de Ensayos Microbiológicos
  • Laboratorios de Control de Calidad de Productos de Uso Veterinaio
  • Laboratorios de Análisis Clínico
  • Laboratorios de Diagnóstico

El solicitante deberá ser una empresa (en cualquiera de sus modalidades) constituida legalmente en el Paraguay, cumpliendo las normas nacionales establecidas para el efecto.

Para registrarse, deberá completar la Solicitud de Registro de Establecimiento  pdf.png y entregar dicha solicitud a la Dirección de Registro y Control, dependiente de la Dirección General de Servicios Técnicos (DIGESETEC) del SENACSA, junto con los siguientes documentos:

  • Constitución de la Firma (copia). No es necesario para empresas unipersonales.
  • Patente Municipal Comercial actualizada (copia)
  • Registro Único de Contribuyente – RUC (copia)
  • Cédula de Identidad Policial del (de los) Propietario(s), Representante(s) o Apoderado(s) (copia)
  • Cédula de Identidad Policial del Asesor Técnico, Registro Profesional Actualizado del Asesor Técnico (copia)
  • Contrato de Trabajo entre la empresa y el asesor técnico (original o copia autenticada).
  • Plano arquitectónico aprobado por la Municipalidad y flujograma operativo (en caso de planta elaboradora) (copia)

Todas las copias deberán estar autenticadas por escribanía si la empresa se registra por primera vez. Las copias de las Cédulas de Identidad Policial deberán estar actualizadas.

La realización de este trámite incluye un arancel establecido por la Legislación vigente. El pago por la habilitación es anual y deberá abonarse entre enero y marzo de cada año.

Para realizar el pago anual, el solicitante deberá completar el Formulario para pago de Registro de Empresas.

Como parte del procedimiento, el personal técnico del SENACSA procederá a la inspección del cumplimiento con las condiciones necesarias de acuerdo a las normas establecidas según el caso. Los resultados de esta inspección son detallados en un informe técnico.

Como resultado, el establecimiento recibirá un Certificado de Habilitación, o en caso contrario, un informe con las adecuaciones que deberán ser realizadas para dicho efecto.

Los requisitos para las Casas Expendedoras de Productos Biológicos y Centros de Distribución de vacunas están establecidos en la Resolución SENACSA 537/2018  y su modificatoria, la Resolución SENACSA 585/2018 ​​​​​​​.