Importación de Productos de Uso Veterinario y Alimentos para Animales
Para que un producto pueda ser importado deberá estar registrado y autorizado por el SENACSA. La empresa importadora deberá contar con la habilitación de Establecimiento pertinente.
Las empresas habilitadas podrán importar productos registrados por otras empresas, siempre y cuando éstas obtengan la autorización correspondiente, y ambas cumplan todos los requerimientos establecidos. Resolución No. 2803/11.
La empresa importadora deberá hacer una solicitud de autorización de importación, presentando los siguientes documentos:
La realización de este trámite incluye un arancel establecido por la legislación nacional vigente, equivalente al 1,5% sobre el valor FOB. Una vez realizadas las verificaciones a los documentos presentados y los aranceles abonados, el SENACSA emitirá la autorización correspondiente.